ATU implementa canal de comunicación para que usuarios denuncien incumplimiento del medio pasaje
Economía

ATU implementa canal de comunicación para que usuarios denuncien incumplimiento del medio pasaje

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27 de abril de 2026
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Redacción Gestión
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Corresponsal Global

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La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) habilitó el correo electrónico denunciasfiscalizacion@atu.gob.pe para recibir denuncias relacionadas con el incumplimiento del medio pasaje por parte de operadores de transporte público.

A través de este correo electrónico institucional, los usuarios podrán adjuntar fotografías y/o videos donde se verifique la negativa del cobrador o del conductor de aceptar el cobro. También deberán dejar en evidencia en el mismo video el nombre de la empresa de transporte, la ruta que sigue y la placa del vehículo.

“A inicios de abril, hemos notificado a las 408 empresas de transporte habilitadas para Lima y Callao que deben actualizar sus tarifarios por si tienen algún incremento. Solo 19 lo han hecho hasta el momento y la mayoría de estos aumentos son en la tarifa de adulto, por lo cual estamos validando que no haya lugar a cobros indebidos”, señaló Luis Rivera subdirector de fiscalización de la ATU.

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La entidad precisa que el respeto al medio pasaje es una obligación para todas las empresas de transporte formal, y su incumplimiento puede recaer en las siguientes infracciones:

  • Infracción RE46: Prestar el Servicio sin respetar los pases libres y/o tarifas diferenciadas, aun cuando el usuario presente el carné o documento correspondiente. Esta falta es considerada grave y se sanciona con S/550 (10% de la UIT).
  • Infracción RE73: No cumplir con la publicación de la modificación de las tarifas en la flota habilitada, conforme a lo establecido en el presente Reglamento. Se sanciona al operador con S/275 (5% de la UIT).
  • Infracción RE69: No entregar boleto a los usuarios o expedir boletos que no correspondan al tipo de tarifa del usuario o que los datos del boleto no coincidan con los del operador. Se sanciona al operador con S/275 (5% de una UIT).
  • Infracción RE30: Prestar el Servicio sin permitir el acceso de personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres gestantes, niñas o niños y/o animales de compañía. Se sanciona al operador con una multa de S/550 (10% de una UIT) y al conductor con una multa similar.
  • Infracción RE29: No registrar ante la ATU las tarifas previstas para la prestación del servicio y/o sus modificaciones. Se sanciona al operador con una UIT (S/5,500).

Operativos en Lima y Callao

Como parte de su estrategia para garantizar un servicio justo y seguro, la entidad viene desarrollando operativos permanentes de verificación y control en distintos puntos de Lima y Callao.

Estas acciones buscan corroborar que las unidades de transporte cumplan con la normativa vigente, incluyendo el respeto a las tarifas autorizadas, tal y como se desarrolló en el paradero La Católica en el distrito de Pueblo Libre donde se verificaron cerca de 30 vehículos y se recibieron dos denuncias.

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