Declaran ilegal restricción de venta de bebidas alcohólicas desde las 11 p.m. en 6 distritos de Lima
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Declaran ilegal restricción de venta de bebidas alcohólicas desde las 11 p.m. en 6 distritos de Lima

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27 de abril de 2026
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Redacción Gestión
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Corresponsal Global

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Un total de seis municipalidades distritales en Lima Metropolitana no se encontrarían habilitadas para restringir la venta de bebidas alcohólicas desde las 11 de la noche.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) publicó una serie de resoluciones que declaran barrera burocrática ilegal esta restricción.

Además, la entidad confirmó que regular los horarios para vender bebidas alcohólicas es una competencia exclusiva de las municipalidades provinciales.

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La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas resolvió, en segunda y última instancia administrativa, que varios municipios distritales de Lima Metropolitana se excedieron al imponer sus propias restricciones de horario.

Con ello, quedaron sin efecto las ordenanzas emitidas por las municipalidades de Villa El Salvador, San Luis, San Martín de Porres, San Juan de Miraflores, Rímac y Ate.

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Estas ordenanzas restringían el horario de venta o expendio de bebidas alcohólicas en bodegas, minimarkets y locales autorizados para consumo en el lugar, como restaurantes o bares, afectando el desarrollo de estas actividades comerciales.

Sin embargo, el Indecopi precisó que las municipalidades distritales mantienen sus facultades de fiscalización, por lo que podrán seguir supervisando que los establecimientos cumplan las normas vigentes dictadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima, que es la autoridad competente en este caso.

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Según la Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley 28681, la facultad de fijar horarios corresponde solo a las municipalidades provinciales, por lo que los distritos no pueden establecer estos límites mediante sus propias ordenanzas.

El Indecopi ordenó que estas medidas sean inaplicables de manera general, por lo que las restricciones ya no podrán exigirse a ningún establecimiento ni ciudadano en los distritos mencionados.

El Indecopi ordenó que estas medidas sean inaplicables de manera general, por lo que las restricciones ya no podrán exigirse a ningún establecimiento ni ciudadano en los distritos mencionados. FOTOS: JESUS SAUCEDO / GEC

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